Las organizaciones representativas de las indicaciones geográficas españolas de vino y de productos agroalimentarios suscriben un manifiesto conjunto para destacar la aportación de las denominaciones de origen vitivinícolas y de las DOP e IGP agroalimentarias a consumidores, operadores, productos y territorios, y para promover líneas de trabajo comunes que permitan su impulso como fuente de sostenibilidad en el medio rural, como generadores de rentabilidad para los operadores y como garantes de la calidad, de la seguridad alimentaria y del vínculo con el origen para los consumidores.
La Conferencia Española de Consejos Reguladores Vitivinícolas (CECRV) y la Asociación Española de Denominaciones de Origen – Origen España, las dos organizaciones representativas de las denominaciones de origen de vino y de denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas de productos agroalimentarios, respectivamente, han firmado un manifiesto conjunto con dos objetivos fundamentales: dar a conocer la aportación de las DDOO de vino y de las DOP e IGP agroalimentarias a consumidores, operadores, productos y territorios, y promover conjuntamente el papel de las figuras de calidad en sus respectivos sectores, a través de líneas de trabajo y reivindicaciones conjuntas que permitan el impulso de las figuras de calidad diferenciada.
El manifiesto, que se firmó en el marco de las Jornadas Técnicas de Origen España, celebradas en Jerez de la Frontera el pasado 6 de junio, está estructurado en dos bloques: la aportación y los valores de las denominaciones de origen de vino y de las DOP e IGP agroalimentarias y un listado de líneas de trabajo y reivindicaciones conjuntas para impulsar y defender la calidad diferenciada desde ambas entidades.
En cuanto a las aportaciones y valores de las denominaciones de origen, el manifiesto remarca la importancia del origen y del vínculo con la zona, como sinónimo de autenticidad. El valor de la unión y del acuerdo como elementos que están en el ADN de las figuras de calidad y que en las sociedades actuales son valores cuya preservación es más necesaria que nunca. Su papel como fuente de sostenibilidad económica, social y medioambiental en las zonas rurales. Su garantía de calidad y de seguridad alimentaria. Su aportación de rentabilidad para todos los productores de la cadena. Su diversidad, como un factor a potenciar. Y, por supuesto, su futuro, promoviendo la innovación sin perder identidad.
Además, el manifiesto establece líneas de trabajo y reivindicaciones conjuntas de Origen España y CECRV para impulsar y defender conjuntamente el papel que desempeñan tanto ambas organizaciones como las DDOO vitivinícolas y DOP e IGP agroalimentarias nacionales.
En este sentido, las dos asociaciones sectoriales reivindican el refuerzo de la protección de las figuras de calidad, para prevenir y erradicar el fraude. Solicitan además a las administraciones una apuesta decidida por la calidad diferenciada, como fuente de valor para productores y elaboradores y como herramientas que contribuyen a la sostenibilidad del territorio y competir vía diferenciación en un mundo globalizado. Ambas entidades fomentarán la interrelación entre las DDOO vitivinícolas y las DOP e IGP agroalimentarias para buscar sinergias y garantizar la búsqueda de soluciones compartidas a problemas comunes. Promoverán también la competencia leal entre los operadores en el mercado, poniendo en valor las buenas prácticas llevadas a cabo por las empresas inscritas. Asimismo, las dos asociaciones colaborarán en la defensa de los derechos de propiedad industrial de las figuras de calidad, como derecho intrínseco a estas que justifica su protección.
Con este manifiesto, las dos organizaciones representativas de las denominaciones de origen de vino y de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas de productos agroalimentarios de nuestro país sientan las bases de una colaboración sólida que les permitirá desarrollar acciones conjuntas en favor de las figuras de calidad y de sus operadores y promover las figuras de calidad como patrimonio colectivo de una zona.
El Pleno del Consejo Regulador modificó el pasado viernes la regulación de los requisitos mínimos a cumplir por los etiquetados de los vinos de Rioja. Además, se aprobó un acortamiento de los tiempos mínimos de ‘crianza’ de los blancos y rosados.
Los representantes del sector vitivinícola en el Consejo Regulador modificaron el pasado viernes la regulación de los requisitos mínimos a cumplir por los etiquetados de los vinos de la Denominación de Origen Calificada Rioja. Con esta regularización de nuevas indicaciones de métodos de elaboración y de viñedos, Rioja volvió a demostrar ser una marca vibrante y dinámica enriqueciendo así su tradicional guía de etiquetado con objeto de ofrecer una mayor – y fiable – información al consumidor sobre el origen del producto.
El presidente del Consejo Regulador, Fernando Salamero, afirmó que “desde ahora, y de una manera ordenada, las bodegas podrán dotar a sus etiquetas de información adicional mediante estas nuevas referencias expresas que se podrán utilizar únicamente cuando por trazabilidad se demuestre que el vino ha sido elaborado de dicha forma o empleando dichas técnicas, asegurando así la transparencia y veracidad que caracterizan a Rioja”.
Los nuevos términos regulados son el fruto de una línea de trabajo desarrollado por la Comisión de Reglamento del Consejo Regulador quien se compromete a llevar a cabo una revisión de carácter semestral para la inclusión o desarrollo de las menciones siguientes:
Vinos ‘madurados en bodega’: esta nueva expresión no podrá utilizarse en combinación con dibujos, expresiones o menciones relativas a la barrica, roble o madera y tampoco cabrá el uso de expresiones relativas a ‘envejecido’ o ‘aged’.
‘Ediciones o colecciones seleccionadas y limitadas’: esta figura deberá comunicar en qué consiste la colección, selección o edición así como el volumen total del lote. La inclusión será potestativa.
‘Viñas viejas, centenarias o prefiloxéricas’: estas menciones podrán utilizarse siempre y cuando se acredite una edad mínima de 35 y 100 años – en viejas y centenarias respectivamente – y ser anteriores a 1900 en el caso de las prefiloxéricas; en todas ellas, el vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos.
‘Viñedos de altura’: este requisito deberá acreditar por trazabilidad que la altura mínima del viñedo es de 550 metros sobre el nivel del mar. El vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos.
‘Viñedos en propiedad’: el vino que así lo desee deberá acreditar que procede de viñedos de propiedad de la bodega – o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones – o disponer en exclusiva de cualquier título jurídico válido que acredite que la producción resultante sea por un periodo mínimo de 10 años de forma ininterrumpida. El 90% de la uva procederá de dichos viñedos.
‘Embotellados en la propiedad’: se podrá utilizar esta expresión únicamente cuando la marca sea propiedad de la bodega o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones.
‘Nuevas elaboraciones con lías, hormigón o tinajas de barro’: estas menciones de elaboración se podrán utilizar cuando, por trazabilidad, se demuestre que el vino ha sido elaborado de dicha forma. Excluye la expresión ‘madurado’.
El término cosecha deberá acompañarse siempre con la añada. Toda expresión registrada no podrá destacar sobre el signo distintivo exclusivo de la marca ni sobre el nombre de la Denominación ni el término tradicional que la acompaña debajo. No se consideran menciones aquellos términos que hagan referencia a las cualidades organolépticas del vino. A su vez, las condiciones edafológicas podrán ser mencionadas en las leyendas en contraetiquetas informativas.
Por otro lado, el Pleno también ratificó un acortamiento de los requisitos para el uso del término tradicional ‘crianza’ de los blancos y rosados especificando que el envejecimiento se efectuará durante, al menos, 18 meses. Estos vinos se someterán al sistema tradicional mixto de envejecimiento en barrica de roble de 225 litros de capacidad aproximadamente, de forma continuada y sin interrupción durante seis meses, como mínimo, seguido y complementado con envejecimiento en botella.
Esta actualización ratifica el interés comercial por parte del sector en la elaboración de estos vinos y permite, así, adelantar su salida al mercado seis meses aprovechando la primavera, temporada donde se dispara el consumo de estos. Por otro lado, este retroceso en los tiempos mínimos del término ‘crianza’ permite evitar solapamientos con los etiquetados como ‘reserva’, evidenciando la diferencia de envejecimiento habida entre ellos.